Fichaje digital obligatorio 2026: todo lo que necesita saber tu empresa

9 min lectura

La normativa de fichaje digital ya está en tramitación urgente. Descubre qué cambia, cuándo entra en vigor, qué sanciones hay y cómo preparar tu empresa.

El fichaje digital ya no es una opción. El Consejo de Ministros aprobó en septiembre de 2025 la tramitación urgente de la normativa que obliga a todas las empresas españolas a abandonar el papel y el Excel y adoptar un sistema digital de registro de jornada.

En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber: qué cambia, cuándo entra en vigor, qué sanciones hay y cómo preparar tu empresa antes de que sea demasiado tarde.

Qué cambia con la normativa 2026

Desde 2019 existe la obligación de llevar un registro de jornada. Lo que cambia en 2026 es cómo debe hacerse ese registro.

Lo que ya no será válido

  • Papel (hojas de asistencia firmadas)
  • Excel y Google Sheets
  • Cualquier sistema editable sin trazabilidad
  • Sistemas biométricos (huella dactilar, reconocimiento facial)
  • Registros rellenados a posteriori

Lo que exige el nuevo sistema

  • Sistema 100% digital con marca de tiempo automática
  • Inalterable: cualquier corrección queda registrada con quién, cuándo y por qué
  • Acceso remoto en tiempo real para la Inspección de Trabajo
  • Registro de pausas, no solo entrada y salida
  • Diferenciación de horas: ordinarias, extra y complementarias
  • Conservación 4 años garantizada
  • Portal del trabajador: cada empleado consulta sus propios registros
  • Servidores en el EEE (exigencia RGPD)

Cuándo entra en vigor

HitoFecha
Aprobación tramitación urgente30 sept. 2025
Dictámenes y aprobación finalPrimer semestre 2026
Período de adaptación6-12 meses desde aprobación
Entrada en vigor plenaEstimado: finales 2026

Recomendación: no esperes a la aprobación definitiva. Las empresas que se anticipen tendrán ventaja competitiva y evitarán las multas de los primeros meses de aplicación.

Las sanciones por no cumplir

La LISOS clasifica el incumplimiento del registro de jornada como infracción grave:

GravedadMulta por trabajador
Grado mínimo626 € – 1.250 €
Grado medio1.251 € – 3.125 €
Grado máximo3.126 € – 6.250 €
Falsificación de registrosHasta 10.000 €

Qué necesita tu sistema para cumplir

Antes de contratar cualquier software, verifica que cumple todos estos requisitos:

  • Registro en tiempo real (no permite fichajes a posteriori sin trazabilidad)
  • Log de modificaciones: quién cambió qué y cuándo
  • Conservación garantizada 4 años
  • Acceso remoto para la Inspección de Trabajo
  • Portal del trabajador para consultar sus propios registros
  • Registro de pausas, no solo entrada/salida
  • Diferencia horas ordinarias, extra y complementarias
  • Servidores dentro del Espacio Económico Europeo
  • Sin datos biométricos
  • Acceso por roles

Cómo preparar tu empresa en 4 pasos

  1. Elige el software (hoy): el mercado está creciendo y los buenos productos tienen listas de espera. Elige ahora, configura con calma.
  2. Configura el sistema (1-2 semanas): alta de trabajadores, horarios, turnos, centros de trabajo.
  3. Forma a tu equipo (1 semana): una sesión de 30 minutos suele ser suficiente.
  4. Verifica que funciona (2 semanas): comprueba registros y el informe de inspección antes de que llegue la ley.

Por qué anticiparse vale la pena

El 70% de las pymes españolas todavía no tiene fichaje digital. Cuando la ley entre en vigor, habrá una avalancha de empresas buscando implementar el sistema a última hora. Las empresas que ya tienen el sistema ahora evitan las multas de los primeros meses, tienen tiempo para corregir errores sin presión y ganan experiencia con el sistema antes de que sea obligatorio.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor el fichaje digital obligatorio en España?
La tramitación urgente fue aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de septiembre de 2025. Se estima que la ley entrará en vigor durante la primera mitad de 2026, con un período de adaptación de entre 6 meses y 1 año.
¿Qué sistemas de fichaje quedan prohibidos con la nueva ley?
Quedan prohibidos el papel, el Excel y cualquier sistema editable sin trazabilidad. También se excluyen los sistemas biométricos (huella, reconocimiento facial) salvo excepciones muy justificadas autorizadas por la AEPD.
¿Hay alguna empresa que esté exenta del fichaje digital obligatorio?
No. La obligación aplica a todas las empresas sin excepción: pymes, autónomos con empleados, administraciones públicas, empresas de cualquier sector y tamaño.
¿Qué ocurre si mi empresa no cumple cuando entre en vigor?
Se considera infracción grave con multas de 626€ a 10.000€ por trabajador afectado. Además, en contratos a tiempo parcial sin registro fiable, se presume jornada completa con reclamaciones salariales retroactivas.
¿Con cuánta antelación debo implementar el sistema?
Mínimo 4 semanas para garantizar configuración correcta, formación de empleados y primeros registros válidos. Esperar al último momento genera errores que invalidan los primeros registros.